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Bando sobre animales de compañía

Bando sobre animales de compañía
Debido a las numerosas quejas de muchos de los vecinos de las zonas del Mirador y Peñasolana relacionadas con la tenencia y cuidado de animales de compañía, y viendo que estos hechos se siguen produciendo impunemente, este consistorio informa nuevamente de la normativa a seguir por los/las dueños/as de dichas mascotas.

§  Por la presente se hace saber que según establece el Artículo 4.3 de la Ley 5/1997, de 24 de abril, de protección de los animales de compañía, el poseedor de un animal, y subsidiariamente el propietario, serán responsables de los daños, perjuicios y molestias que ocasionen a las personas, cosas, vías, espacios públicos y al medio natural en general, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1905 del Código Civil.

§  Los propietarios o poseedores de perros deberán censarlos en el Ayuntamiento, en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de nacimiento o de adquisición. El animal deberá llevar necesariamente su identificación censal, de forma permanente. A tenor de lo dispuesto en el Artículo 17 de la citada Ley de protección de los animales y sin perjuicio de las normas propias del Derecho Civil, se considerarán abandonados aquellos animales que carezcan de cualquier tipo de identificación del origen o del propietario y no vayan acompañados de persona alguna, pudiendo ser confiscados por el Ayuntamiento.

§  Será obligatorio llevar debidamente atados con correa a todos los perros y atados y provistos de bozal a los perros que estén catalogados como raza potencialmente peligrosa, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades penales derivadas del Artículo 631 del Código Penal, con penas de multa de 20 a 30 días, exigibles ante la jurisdicción competente.

§     Igualmente, se hace saber de la obligación de recoger los excrementos depositados en la vía pública, incurriéndose en caso contrario en las responsabilidades administrativas pertinentes, que serán sancionadas de acuerdo a la normativa en vigor.
   Pueden presentar el escrito informando del problema tanto en la web del Ayuntamiento como de forma presencial en el mismo. Empezaremos los trámites de forma inmediata. Los parques y zonas urbanas deben seguir siendo seguras y de disfrute de todos.
 
                                Todo lo cual se publica para general conocimiento de los vecinos.
               
                                Lo que dicto en Carrascal de Barregas a 11 de julio de 2015.


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Carrascal de Barregas

Emilia Pardo de Bazán, nº26-28
37192 Carrascal de Barregas
Tfno/Fax: 923 330 192
ayuntamiento@carrascaldebarregas.com


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